Donde obtener el permiso de viajes de Menores segun la Ley de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

El artículo 392 de la Ley de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dice claramente que los mismos pueden viajar al exterior acompañados por ambos padres o por uno solo de ellos, pero con autorización del otro, expedida en un documento autenticado, o cuando tienen un solo representante legal y viajen en compañía de este.

*Si el pequeño viajará solo o con terceras personas los padres que ejerzan la patria potestad, o, en su defecto, su representante legal, deben solicitar una autorización ante el Consejo de Protección, o presentar un documento autenticado si los padres se encuentran fuera del país.

*Si se encuentra fuera del territorio nacional podrá otorgar el permiso de viaje ante el Consulado de la República Bolivariana de Venezuela correspondiente.

*Explica Trapani que es claro que no se podrá realizar más este trámite ante las notarías del país, y quedan exclusivamente autorizados para su otorgamiento los Tribunales de Protección de Niños Niñas y Adolescentes y los Consejos de Protección de los diferentes municipios.

*Incluso la resolución que regula el trámite para el permiso de viaje recomienda que los padres que se encuentren en el exterior deben ingresar al sistema en línea del Saren, llenar una planilla y enviarla firmada desde el país en el que se encuentren.

*Al llegar el documento a Venezuela ya debe estar traducido, legalizado y apostillado (eso se hace en el país extranjero). Pero de no poder hacer el trámite los padres deberán regresar para buscarlo. Cosa no fácil para muchos que se fueron con una mano adelante y otra atrás, precisamente con el sueño de pronto ver a sus hijos.

*Al respecto, Trapani añade que con la situación actual y con el fenómeno migratorio, donde hay países que tienen los consulados cerrados, cómo se hace: “Eso quedó en el limbo en la resolución. ¿Tienen que viajar entonces esos padres? Además, pareciera que el sistema está pensado solo para la capital y no en los estados y provincias, incluso en poblados alejados de las capitales de los estados, donde los consejos de protección están desarticulados. Las disposiciones de la resolución parece que son posibles solo para los que tienen recursos, porque implica movilización, en algunos casos contactar a un abogado, tener el tiempo, la disposición y la argumentación suficiente para activar la resolución”.

*Para el abogado, esas normas son para un país en condiciones normales. “En Venezuela tenemos un problema de institucionalidad importante y además estamos imponiendo a la familia un conjunto de obligaciones y parámetros engorrosos. Son muchas limitaciones para tramitar un permiso de viaje”.

*Igual se plantea interrogantes como ¿qué pasará con aquellos padres con los que la familia ha perdido el contacto y necesita viajar con urgencia con el niño? ¿Cómo actuar en caso de que ambos padres estén fuera del país?, por ejemplo.

*Lo que ve el investigador es que, de parte del Gobierno, hay un reconocimiento del problema migratorio. “Ya Colombia anunció que 24.000 niños venezolanos tendrán esa nacionalidad, eso significa que está aplicando acciones y de la misma manera debe hacerlo el Estado Venezolano, debería desarrollar mecanismos que faciliten ese proceso y no que obstaculicen el sistema”.

     

  

 

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